Subvenciones IEE.CV 2022

¿Qué es el IEEV.CV?

El informe de evaluación del edificio de viviendas es un documento que describe las características constructivas de los elementos comunes de un edificio existente indicando su estado de conservación, sus condiciones de accesibilidad y eficiencia energética, señalando las deficiencias constructivas, funcionales, de seguridad o de habitabilidad detectadas, con el fin de advertir sobre ellas y orientar las acciones necesarias para mantener el adecuado estado de conservación.

¿Cuándo es necesario el IEEV.CV?

Las personas propietarias de edificios de tipología residencial de vivienda, tanto unifamiliares como plurifamiliares, deberán promover la realización del informe IEEV.CV y su inscripción en el Registro autonómico en los siguientes supuestos:

1.- Cuando el edificio con uso vivienda tenga una antigüedad superior a 50 años.

2.- Cuando las personas propietarias del edificio de viviendas, unifamiliar o plurifamiliar, pretendan acogerse a programas públicos de ayudas para el fomento de la rehabilitación, independientemente de la antigüedad del mismo.

Durante cuánto tiempo tiene validez un IEEV.CV?

El IEEV.CV tendrá una validez de 10 años, desde la fecha de presentación telemática. La propiedad deberá presentar un nuevo IEEV.CV antes de la finalización de este plazo. Las personas propietarias de edificios que no dispongan de IEEV.CV estando obligadas a ello, incurrirán en infracción urbanística.

¿Qué debo hacer si soy persona propietaria y tengo la obligación de realizar el IEEV.CV?

Debe contactar con personal técnico competente, en este caso arquitecto/a, arquitecto/a técnico/a,  aparejador/a o ingeniero/a de la edificación y él le asesorará en los trámites a realizar y será el encargado de llevar a cabo la redacción del IEEV.CV. De acuerdo con el Decreto 53/2018, del 27 de abril, del Consell el procedimiento es el siguiente:

  • El técnico contratado por la propiedad realizará una visita de inspección al edificio, plurifamiliar o unifamiliar, realizando una evaluación del estado de conservación para identificar las lesiones y síntomas, así como el nivel de importancia de los daños y las actuaciones de mantenimiento en los elementos comunes, efectuará también una evaluación de la accesibilidad y una evaluación energética.
  • Realizada la visita y con los datos recopilados el técnico redactará el informe de evaluación del edificio y lo registrará en el Registro Autonómico habilitado al efecto.
  • El técnico le hará entrega del informe y del justificante de registro.
  • Este informe tiene una validez de 10 años desde la fecha de registro.

AYUDAS I.E.E (VALENCIA Y COMUNIDAD VALENCIANA)

Ya se pueden solicitar y hasta el 20-4-2022 como paso previo a emprender actuaciones de rehabilitación. Aquí tienes el enlace para consultar las bases:

http://habitatge.gva.es/documents/20051105/173473198/Orden+1_2021.+InformeEvaluacionIEECV/7dfa01f8-83c2-4889-aded-e89e7263a8f2


PERSONAS BENEFICIARIAS

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios o personas propietarias únicas de edificios de carácter predominantemente residencial, que hubieren registrado el IEE con posterioridad a la fecha que se establezca en la correspondiente convocatoria, según modelo establecido por la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana.No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas físicas en las que concurra alguna de las circunstancias que se establecen en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. 

Aquí tienes el enlace de la normativa para la solicitud:

https://dogv.gva.es/datos/2022/01/21/pdf/2022_371.pdf